martes, 3 de enero de 2017

RECIENTE SENT. DEL TSJ DE LA COM. VALENCIANA CONTRA EL COPAGO DE 2014: NULIDAD EN LOS CRITERIOS DE PARTICIPACIÓN ECONOMICA DEL USUARIO E INFRACCIÓN DE LA Jª DEL TSJ CV


He tenido, también, la oportunidad de trabajar en este asunto, obteniendo una sentencia favorable a la demandante contra la Generalitat Valenciana, del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, nº 803/2016, de 6/10/2016. Esta sentencia es firme.
El supuesto de hecho es el siguiente: la demandante, a través de su tutor, solicita del Tribunal, que anule la resolución impugnada por la que se exige el copago del servicio reconocido de utilización de plaza residencial, se reconozca su derecho a mantener la plaza y se devuelvan las cantidades abonadas desde enero hasta diciembre de 2014, ascendente a la cantidad de 15.061,20€/año más intereses legales y con condena en costas para la Administración demandada. La sentencia fundamenta su resolución en la existencia de criterio de la misma Sala, concretamente en la STSJCV, 5ª, 221/2016, de 15 de marzo, en dos fundamentos concretos:
“… 2. Por concurrir nulidad de los criterios de participación económica del usuario en el sistema de atención a la dependencia, introducidos por la Orden 21/2012, de 25 de octubre, de la Conselleria de Justicia y Bienestar Social, en base a que los criterios mínimos de participación deben venir fijados por el Estado.
3. Infracción de la jurisprudencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Valencia, en cuanto a la improcedencia del copago y la falta de motivación”.
      


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