miércoles, 7 de marzo de 2018

CONDENA A COMPAÑÍA AÉREA, AL ABONO DE LOS GASTOS OCASIONADOS POR CANCELACIÓN DE VUELO

Obtenemos, recientemente,  sentencia favorable del Juzgado de lo Mercantil, nº 2 de Valencia, por la que se condena a compañía de trasporte con equipaje, al abono de los gastos generados por cancelación de vuelo de Londres a Valencia, del pasado mes de marzo de 2016 por huelga de controladores aéreos franceses, a tenor del Reglamento 261/ 04CE. 
La cancelación se advirtió solo unas horas antes de que partiera el vuelo, y se condena a la compañía a que abone los gastos de asistencia, es decir todos los gastos generados hasta el regreso al destino pactado en Valencia. Estos gastos han sido: la comida de los pasajeros en el aeropuerto del mismo día de la cancelación; el vuelo de regreso a Madrid de los tres pasajeros,  al no ofrecer la compañía, trasporte alternativo en ese momento; el taxi que los trasladó desde el aeropuerto de Madrid al hotel a pernoctar debido a la hora de llegada; el alojamiento de una noche de hotel en Madrid; y los tres billetes de tren-AVE de Madrid a Valencia. 
Los demandantes, reclamaron extrajudicialmente, y al no obtener respuesta satisfactoria alguna, acudieran al Juzgado, contratando nuestros servicios profesionales. Finalmente nos han dado la razón. 
Ya sabes, si quieres reclamar tus derechos, ¡consultanos y te ayudamos a conseguirlo!

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